MOVILIZACIÓN GENERAL. QUIÉN NO ESTÁ SUJETO AL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO

El 24 de febrero de 2022, comenzó una invasión a gran escala de la Federación Rusa en el territorio de Ucrania. El mismo día, el presidente emitió el Decreto No. 69/2022 «Sobre Movilización General», anunciando la movilización general. Por Decreto del Presidente de Ucrania No. 574 del 12 de agosto de 2022, el período de movilización general se extendió del 23 de agosto de 2022 por 90 días.

La movilización general es la reposición de las Fuerzas Armadas de Ucrania con nuevos militares en todo el país.

De conformidad con la Ley de Ucrania «Sobre movilización, entrenamiento y movilización», la movilización general se lleva a cabo simultáneamente en todo el territorio de Ucrania y concierne a la economía nacional, las autoridades estatales, otros organismos estatales, los organismos de autogobierno local, las Fuerzas Armadas de Ucrania. , otras formaciones militares, la protección del Servicio Civil de Rescate de Emergencia, empresas, instituciones y organizaciones.

Todos los ciudadanos de Ucrania de entre 18 y 60 años que puedan cumplir con su deber militar están sujetos a movilización, salvo las excepciones previstas por la ley.

MOTIVOS DE EXENCIÓN DE LA MOVILIZACIÓN

La lista de motivos para la exención (conceder un aplazamiento) de la movilización se define en el artículo 23 de la Ley de Ucrania «Sobre movilización, capacitación y movilización».

Sí, los reclutas no están sujetos a reclutamiento para el servicio militar durante la movilización:

  • reservado para el período de movilización y tiempo de guerra por parte de las autoridades estatales, otros organismos estatales, organismos de autogobierno local, así como por empresas, instituciones y organizaciones;
  • reconocidas en el procedimiento establecido como personas con discapacidad o, según la opinión de la VLK, temporalmente no aptas para el servicio militar debido a su salud por un período de hasta seis meses;
  • mujeres y hombres a cargo de 3 o más hijos menores de 18 años;
  • mujeres y hombres que crían de forma independiente a un niño (niños) menores de 18 años;
  • mujeres y hombres, tutores, custodios, padres adoptivos, padres de acogida que crían a un niño con una discapacidad menor de 18 años;
  • mujeres y hombres, tutores, custodios, padres adoptivos, padres adoptivos que crían a un niño con daño perinatal severo del sistema nervioso, malformaciones congénitas severas, enfermedades huérfanas raras, enfermedades oncológicas, oncohematológicas, parálisis cerebral, trastornos mentales severos, diabetes tipo I diabetes ( dependientes de insulina), enfermedades renales agudas o crónicas de grado IV, etc.;
  • mujeres y hombres a cargo de un hijo mayor de edad que sea una persona con discapacidad del grupo I o II;
  • padres adoptivos, tutores, custodios, padres adoptivos, padres adoptivos a cargo de huérfanos o niños privados de cuidado parental menores de 18 años;
  • comprometidos en el cuidado constante de una esposa enferma (esposo), niño, así como de sus propios padres o esposa (esposo), quienes, de acuerdo con la conclusión del MSEK o LKK de la institución de atención médica, necesitan atención constante;
  • que tienen una esposa (esposo) de entre las personas con discapacidad y/o uno de sus padres o padres de una esposa (esposo) de entre las personas con discapacidad del grupo I o II;
  • tutores de una persona con una discapacidad reconocida por el tribunal como incapaz; personas dedicadas al cuidado permanente de una persona con discapacidad del grupo I; personas dedicadas al cuidado constante de una persona con discapacidad del grupo II o de una persona que, según la opinión del MSEK o LCC de una institución de atención médica, necesita atención constante, en ausencia de otras personas que puedan brindar tal atención ;
  • mujeres y hombres que tienen hijos menores y un esposo (esposa) que está en el servicio militar bajo uno de los tipos de servicio militar definidos en la parte seis del artículo 2 de la Ley de Ucrania «Sobre el servicio militar y el servicio militar» ;
  • empleados de órganos de gestión militar (órganos de gestión), unidades militares (unidades), empresas, instituciones y organizaciones del Ministerio de Defensa de Ucrania, las Fuerzas Armadas de Ucrania, el Servicio Estatal de Comunicaciones Especiales y Protección de la Información de Ucrania, el Servicio de Seguridad de Ucrania, el Servicio de Inteligencia Exterior de Ucrania, la Guardia Nacional de Ucrania, el Servicio Estatal de Fronteras de Ucrania, la Policía Nacional de Ucrania, la policía fiscal, la Oficina Nacional Anticorrupción de Ucrania, la Oficina Estatal de Investigación, el Estado Servicio Ejecutivo de Ucrania, la Oficina de Seguridad del Estado de Ucrania;
  • otros reclutas o ciertas categorías de ciudadanos en los casos previstos por la ley.

Tampoco están sujetos al reclutamiento para el servicio militar durante la movilización, por un período especial:

  • estudiantes de educación profesional (profesional y técnica), educación superior y presuperior profesional, asistentes en prácticas, estudiantes de posgrado y estudiantes de doctorado que estudian formas de educación a tiempo completo o duales;
  • empleados científicos y científico-pedagógicos de instituciones de educación superior y preuniversitaria vocacional, instituciones y organizaciones científicas que tienen un título académico y/o título científico, y empleados pedagógicos de instituciones de educación profesional (vocacional-técnica), instituciones de educación secundaria general, siempre que trabajen respectivamente, en instituciones de educación superior o superior profesional, instituciones y organizaciones científicas, instituciones de educación secundaria profesional (profesional y técnica) o general según el lugar principal de trabajo en al menos 0,75 tasas;
  • mujeres y hombres cuyos parientes cercanos (esposo, esposa, hijo, hija, padre, madre, abuelo, abuela o hermano o hermana biológicos (consanguíneos, no consanguíneos)) fallecieron o desaparecieron durante el ATO;
  • mujeres y hombres cuyos parientes cercanos (esposo, esposa, hijo, hija, padre, madre, abuelo, abuela o hermano o hermana biológicos (consanguíneos, no consanguíneos)) fallecieron o desaparecieron durante la implementación de medidas para garantizar la seguridad y defensa nacional , resistencia y disuasión de la agresión armada de la Federación Rusa en las regiones de Donetsk y Lugansk, así como durante la provisión de seguridad y defensa nacional, repeler y disuadir la agresión armada contra Ucrania durante la ley marcial.

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